Junta Electoral Central - Portal

Galicia

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia

desde 24/05/2015 hasta 31/12/2015

Artículo 256.

Las asociaciones de vecinos podrán federarse dentro de cada municipio y la relación con las mismas será ejercida por el alcalde o el concejal delegado.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml