Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía
Versión vigente desde 01/01/2018
Artículo 99. Resolución del procedimiento
Todos los expedientes de creación o supresión de municipios así como los de alteración de términos municipales serán resueltos por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la consejería competente sobre régimen local.