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Castilla y León

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Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León

desde 12/06/1998 hasta 31/12/2005

Artículo 82

Los conflictos de competencias que se susciten entre Entidades Locales serán resueltos por la Administración de la Comunidad Autónoma, previa audiencia de las Entidades afectadas.

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