Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León
desde 12/06/1998 hasta 31/12/2005
Artículo 98
Se crea el Consejo de Municipios, Comarcas y otras Entidades Locales, cuya composición y funciones se determinarán reglamentariamente, y con capacidad de conocimiento, informe y propuesta a la Junta de Castilla y León sobre las materias susceptibles de transferencia o delegación a dichas Entidades Locales.