Junta Electoral Central - Portal

Cantabria

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley 8/1999, de 28 de abril, de Comarcas de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Versión vigente desde 07/05/1999

Artículo 11. Cooperación y asistencia a municipios.

1. Sin perjuicio de las competencias que, en este ámbito, correspondan a la Comunidad Autónoma, cada comarca podrá crear un servicio de cooperación y asistencia dirigido a prestar asesoramiento a los municipios que lo soliciten en materia jurídico-administrativa, económica y financiera de obras y servicios.

2. En cualquier caso, la comarca garantizará subsidiariamente el ejercicio en las corporaciones municipales de las funciones de secretaría, intervención y de control y fiscalización reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

3. Las comarcas podrán establecer convenios con los municipios de su ámbito para la cooperación en cualquier materia de interés común.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml