Ley 30/2010, de 3 de agosto, de veguerías
Versión vigente desde 21/02/2017
Artículo 1. Objeto
El objeto de la presente ley es regular la doble naturaleza de la veguería, determinar la división territorial de Cataluña en veguerías y establecer el régimen jurídico de los consejos de veguería y la transición de las diputaciones provinciales a los nuevos consejos de veguería.