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Ley 30/2010, de 3 de agosto, de veguerías

Versión vigente desde 21/02/2017

Segunda. Iniciativa legislativa del Parlamento ante las Cortes Generales

En el supuesto de que las propuestas de creación, modificación o supresión de veguerías a las que se refieren los artículos 4, 5 y 6 lo requieran, la tramitación del proyecto o proposición de ley de creación, modificación o supresión de veguerías debe realizarse conjuntamente con la tramitación de la iniciativa legislativa del Parlamento ante las Cortes Generales para la modificación de la normativa estatal que deba modificarse.

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