Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears
Versión vigente desde 29/03/2015
DISPOSICIONES FINALES
Primera.En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno de las Illes Balears debe presentar al Parlamento de las Illes Balears un Proyecto de Ley Regulador del Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Segunda.Se habilita al Gobierno de las Illes Balears para que dicte las disposiciones administrativas necesarias para el desarrollo y la aplicación de esta Ley.
Tercera.Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».