Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears
Versión vigente desde 29/03/2015
Artículo 14. De la moción de censura y de la cuestión de confianza.
El planteamiento de la cuestión de confianza y la adopción de la moción de censura deben llevarse a cabo de acuerdo con lo que disponen el Estatuto de Autonomía y el Reglamento del Parlamento.