Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears
Versión vigente desde 29/03/2015
Artículo 13. De la responsabilidad política.
1. El Presidente responde políticamente ante el Parlamento, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria del Gobierno y de la directa de cada uno de sus miembros por su gestión.
2. La delegación de funciones ejecutivas del Presidente en el Vicepresidente o en un Consejero no lo exime de la responsabilidad política ante el Parlamento.