Junta Electoral Central - Portal

País Vasco

Logotipo de la Junta Electoral Central

Norma Foral 2/2003, de 17 de marzo, reguladora de las Demarcaciones Municipales de Gipuzkoa

Versión vigente desde 22/03/2003

Artículo 3. Fusión e incorporación.

La Diputación Foral, atendiendo a los objetivos establecidos en el artículo anterior, potenciará la fusión e incorporación de los municipios. A tal efecto, podrán establecerse medidas de fomento.

En ningún caso la fusión o incorporación supondrá perjuicio alguno para los municipios afectados.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml