Norma Foral 2/2003, de 17 de marzo, reguladora de las Demarcaciones Municipales de Gipuzkoa
Versión vigente desde 22/03/2003
Artículo 27. Iniciativa vecinal.
1. Cuando la iniciativa sea de los vecinos han de presentar una petición en el registro del municipio correspondiente, junto con una memoria explicativa que justifique, como mínimo, alguno de los motivos enumerados en el artículo 25.1.
2. La petición ha de adjuntar las firmas de los vecinos formalizadas ante el Secretario Municipal o protocolizadas notarialmente, indicando las personas que componen la comisión promotora a que se refiere el artículo anterior.