Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat ValencianaVersión vigente desde 01/01/2019Artículo 19. Denominación de los municipiosLa denominación de un municipio será la aprobada oficialmente.Subir
Índice PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Entidades locales Artículo 2. Legislación sobre régimen local Artículo 3. Registro de Entidades Locales Artículo 4. Lengua oficial de las entidades locales TÍTULO I CAPÍTULO I SECCIÓN 1ª Artículo 5. Término municipal Artículo 6. Deslinde de términos municipales Artículo 7. Objetivos generales de la creación o supresión de municipios y alteración de los términos municipales SECCIÓN 2ª Artículo 8. Creación de municipios Artículo 9. Creación de un municipio por segregación de parte del territorio de otro u otros Artículo 10. Supresión de municipios Artículo 11. Carácter voluntario de la supresión de municipios Artículo 12. Supresión de un municipio por fusión o incorporación a otro u otros limítrofes Artículo 13. Gobierno y administración provisional SECCIÓN 3ª Artículo 14. Principios generales del procedimiento para la alteración de términos municipales Artículo 15. Iniciación de oficio por la Generalitat Artículo 16. Segregación de parte del término municipal para agregarlo a otro limítrofe SECCIÓN 4ª Artículo 17. Fomento de las fusiones e incorporaciones SECCIÓN 5ª Artículo 18. Consell Tècnic de Delimitació Territorial CAPÍTULO II SECCIÓN 1ª Artículo 19. Denominación de los municipios Artículo 20. Capital del municipio Artículo 21. Procedimiento para el cambio de denominación de municipios SECCIÓN 2ª Artículo 22. Escudo y bandera CAPÍTULO III Artículo 23. Población municipal Artículo 24. Padrón de habitantes Artículo 25. Derechos y deberes de los vecinos y vecinas CAPÍTULO IV Artículo 26. Gobierno y administración municipal Artículo 27. Ámbito de aplicación Artículo 28. Reglamento Orgánico Municipal Artículo 29. Defensor o Defensora de los Vecinos y Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones Artículo 30. Consejo Territorial de Participación Artículo 31. Comisiones municipales Artículo 32. Consejo Social del municipio CAPÍTULO V Artículo 33. Competencias de los municipios Artículo 34. Servicios mínimos obligatorios Artículo 35. Prestación homogénea de los servicios mínimos Artículo 36. Dispensa de la obligación de prestar los servicios mínimos Artículo 37. Procedimiento CAPÍTULO VI SECCIÓN 1ª Artículo 38. Clases de regímenes especiales Artículo 39. Disposiciones generales Artículo 40. Regulación de los regímenes especiales SECCIÓN 2ª Artículo 41. Municipios que funcionan en régimen de concejo abierto Artículo 42. Procedimiento Artículo 43. Órganos de gobierno y administración Artículo 44. Atribuciones del alcalde o alcaldesa, la Asamblea Vecinal y los órganos complementarios SECCIÓN 3ª Artículo 45. Ámbito de aplicación Artículo 46. Contenido del régimen especial de gestión compartida Artículo 47. Supresión voluntaria de municipios TÍTULO II CAPÍTULO I Artículo 48. Concepto y fines Artículo 49. Gobierno y administración Artículo 50. Competencias de la provincia Artículo 51. Cooperación a los servicios obligatorios municipales CAPÍTULO II Artículo 52. Coordinación de funciones TÍTULO III Artículo 53. Concepto y división comarcal TÍTULO IV CAPÍTULO I Artículo 54. Definición Artículo 55. Objetivos generales para la constitución de entidades locales menores Artículo 56. Competencias de la entidad local menor Artículo 57. Competencias propias de la entidad local menor Artículo 58. Delegación de competencias, obras y servicios Artículo 59. Garantías para la prestación de otros servicios municipales Artículo 60. Potestades CAPÍTULO II Artículo 61. Condiciones que se han de cumplir para la creación de entidades locales menores Artículo 62. Iniciación del procedimiento Artículo 63. Resolución del procedimiento Artículo 64. Órganos de gobierno provisionales CAPÍTULO III Artículo 65. Órganos de gobierno Artículo 66. Elección de los miembros de los órganos de gobierno Artículo 66 bis. Elección de la presidencia de la entidad local menor Artículo 66 ter. Sesión de constitución de la junta vecinal Artículo 67. Atribuciones de los órganos de gobierno Artículo 68. Derecho de la Presidencia a asistir a los plenos municipales Artículo 69. Régimen de sesiones de la Junta vecinal CAPÍTULO IV Artículo 70. Recursos de las entidades locales menores Artículo 71. Garantía de recursos económicos suficientes CAPÍTULO V Artículo 72. Procedimiento para la modificación y supresión TÍTULO V CAPÍTULO I Artículo 73. Objeto y contenido CAPÍTULO II Artículo 74. Caracteres esenciales Artículo 75. Creación de las áreas metropolitanas Artículo 76. Inscripción en el Registro de Entidades Locales Artículo 77. Organización de las áreas metropolitanas Artículo 78. La Asamblea Artículo 79. Atribuciones de la Asamblea Artículo 80. La Presidencia Artículo 81. La Comisión de Gobierno Artículo 82. Entes instrumentales del área metropolitana Artículo 83. Funcionamiento de los órganos colegiados del área metropolitana Artículo 84. Competencias Artículo 85. Recursos económicos de las áreas metropolitanas de la Comunitat Valenciana Artículo 86. Aportaciones de los municipios integrantes del área metropolitana CAPÍTULO III Artículo 87. La coordinación autonómica de las áreas metropolitanas de la Comunitat Valenciana TÍTULO VI CAPÍTULO I Artículo 88. Fórmulas asociativas municipales Artículo 89. Aspectos procedimentales Artículo 90. Personal, medios patrimoniales y económicos y contratación CAPÍTULO II CAPÍTULO III Artículo 108. Objeto y definición Artículo 109. Creación Artículo 110. Estatutos CAPÍTULO IV Artículo 111. Objeto y contenido TÍTULO VII CAPÍTULO I Artículo 112. Ámbito de actuación Artículo 113. Clases y régimen de sesiones Artículo 114. Competencias de control Artículo 115. Desarrollo de la sesión Artículo 116. Propuestas de resolución Artículo 117. Debate y votación Artículo 118. Preguntas Artículo 119. Sesiones de la Comisión Especial de Cuentas Artículo 120. Régimen aplicable Artículo 121. Actas Artículo 122. Libro de actas Artículo 123. Libro especial Artículo 124. Lenguas CAPÍTULO II Artículo 125. Aspectos generales Artículo 126. Deber de asistencia a sesiones Artículo 127. Otros derechos y deberes Artículo 128. Derecho de información Artículo 129. Imparcialidad Artículo 130. Retribuciones Artículo 131. Declaraciones de actividades y de bienes Artículo 132. Suspensión de la condición de miembro de la corporación local Artículo 133. Pérdida de la condición de miembro de la corporación local Artículo 134. Grupos municipales Artículo 135. Funcionamiento de los grupos municipales Artículo 136. Junta de Portavoces CAPÍTULO III Artículo 137. Aspectos generales Artículo 138. Derechos de los ciudadanos y ciudadanas Artículo 139. Participación en sesiones Artículo 140. Formas de participación ciudadana Artículo 141. Otras formas de participación ciudadana Artículo 142. Asociaciones Artículo 143. Iniciativa y consulta popular local TÍTULO VIII CAPÍTULO I Artículo 144. Principios generales Artículo 145. Descentralización de competencias CAPÍTULO II Artículo 146. Decretos de delegación Artículo 147. Aceptación de la delegación Artículo 148. Medios de control sobre la delegación Artículo 149. Revocación de la delegación CAPÍTULO III Artículo 150. Encomienda de gestión CAPÍTULO IV Artículo 151. La Comisión Mixta de Cooperación entre la Generalitat y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias Artículo 152. Composición CAPÍTULO V Artículo 153. Comisión Interdepartamental de Coordinación de Políticas Locales CAPÍTULO VI Artículo 154. Deber de información Artículo 155. Medidas de reacción Artículo 156. Requerimiento de legalidad Artículo 157. Impugnación directa Artículo 158. Impugnación por las entidades locales TÍTULO IX CAPÍTULO I Artículo 159. Personal de las entidades locales CAPÍTULO II Artículo 160. Clases Artículo 161. Procedimiento de creación CAPÍTULO III Artículo 162. Artículo 163. Artículo 164. Competencias de la Generalitat Artículo 165. Registro de méritos de determinación autonómica Artículo 166. Artículo 167. Artículo 168. Artículo 169. Agrupaciones para el sostenimiento en común de puestos reservados. Artículo 170. Procedimientos Artículo 171. Artículo 172. Artículo 173. Artículo 174. Artículo 175. Artículo 176. Artículo 177. TÍTULO X CAPÍTULO I Artículo 178. Protección y defensa del patrimonio CAPÍTULO II Artículo 179. Cambio de calificación jurídica mediante alteración expresa Artículo 180. Alteración automática Artículo 181. Desafectación de bienes comunales Artículo 182. Cesión de bienes a otras administraciones públicas Artículo 183. Adscripción y aportación de bienes a organismos, entidades y sociedades locales Artículo 184. Concesiones y autorizaciones demaniales Artículo 185. Utilización de los bienes patrimoniales Artículo 186. Cesiones gratuitas Artículo 187. Cesión de uso de bienes patrimoniales Artículo 188. Enajenación de bienes patrimoniales a título oneroso Artículo 189. Permutas Artículo 190. Enajenación de bienes históricos o artísticos Artículo 191. Comunicación a la Generalitat CAPÍTULO III SECCIÓN 1ª Artículo 192. Creación de servicios públicos Artículo 193. Acceso a los servicios públicos Artículo 194. Continuidad de la prestación Artículo 195. Recepción obligatoria SECCIÓN 2ª Artículo 196. La iniciativa económica de las entidades locales Artículo 197. Requisitos para la prestación de servicios y ejercicio de actividades económicas TÍTULO XI CAPÍTULO I Artículo 198. Principios de actuación Artículo 199. Tutela financiera Artículo 200. De las medidas de saneamiento CAPÍTULO II Artículo 201. Creación DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera. Voto ponderado en mancomunidades Segunda. Procedimientos en tramitación Tercera. Inscripción en el Registro de Entidades Locales de la Comunidad Valenciana Cuarta. Régimen especial de gestión compartida Quinta. Puestos de libre designación reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal Sexta. Adaptación de los estatutos de las mancomunidades DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA DISPOSICIONES FINALES Primera. Órganos de colaboración y coordinación previstos en la ley Segunda. Funcionamiento de otras entidades locales Tercera. Adaptación de las entidades locales menores Cuarta. Habilitación de desarrollo reglamentario Texto completo pdfxml