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Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana

Versión vigente desde 01/01/2019

Artículo 3. Registro de Entidades Locales

Se crea el Registro de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana, que estará adscrito a la Conselleria competente en materia de régimen local. En él se inscribirán todas las entidades locales de la Comunitat Valenciana.

Los datos del Registro de las Entidades Locales de la Comunitat Valenciana serán públicos. Su organización y funcionamiento se regulará mediante reglamento.

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