Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana
Versión vigente desde 01/01/2019
Artículo 145. Descentralización de competencias
1. Se procederá a la descentralización a favor de las entidades locales de la Comunitat Valenciana de todas aquellas competencias que sean susceptibles de ello, atendiendo a su capacidad de gestión.
2. La descentralización de competencias a los ayuntamientos y entidades locales supramunicipales deberá realizarse por ley de Les Corts y deberá ir acompañada de los suficientes recursos económicos para que sea efectiva.
Ver Notas de Modificación
** ART.1 Modificado por art. 10 de Ley 21/2017 ( Ver texto)