Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana
Versión vigente desde 01/01/2019
Artículo 56. Competencias de la entidad local menor
1. Las competencias de las entidades locales menores podrán ser propias o delegadas.
2. El ejercicio por las entidades locales menores de sus competencias propias o delegadas estará limitado al ámbito de su territorio.