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Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias

Versión vigente desde 01/01/2016

Tercera. Autorización para elaborar un texto refundido.

Se autoriza al Gobierno de Canarias para elaborar, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la reforma legislativa sobre el régimen económico-financiero de las competencias de los municipios a que se refiere la disposición final anterior, un texto refundido en el que se integren, debidamente regularizados, aclarados y armonizados, los preceptos de la presente ley y las disposiciones sobre el régimen económico-financiero de las competencias de los municipios.

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