Junta Electoral Central - Portal

Comunidad Foral de Navarra

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra

Versión vigente desde 01/12/2017

DISPOSICIONES FINALES

Primera.

Queda autorizado el Gobierno de Navarra para la adecuación de las cantidades de carácter económico establecidas en esta Ley Foral a las alteraciones económicas que se produzcan en el futuro.

Segunda.

Esta Ley Foral entrará en vigor el día 1 de octubre de 1990.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata públicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml