Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán
Versión vigente desde 14/02/2015
Artículo 15. Disposiciones generales
El Consejo General de Arán debe orientar las políticas públicas de acuerdo con los principios rectores que establecen el Estatuto de autonomía de Cataluña y la presente ley y, en el ejercicio de sus competencias, debe promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar su plena eficacia.