Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán
Versión vigente desde 14/02/2015
Artículo 23. Protección de los consumidores y usuarios
1. El Consejo General de Arán debe garantizar la protección de la salud, la seguridad y la defensa de los derechos e intereses legítimos de los consumidores y usuarios.
2. El Consejo General de Arán debe garantizar la existencia de instrumentos de mediación y arbitraje en materia de consumo, debe promover su conocimiento y utilización y debe apoyar a las organizaciones de consumidores y usuarios.