Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán
Versión vigente desde 14/02/2015
Artículo 91. Tributación propia
De acuerdo con la normativa general fiscal y tributaria, el Consejo General de Arán puede proponer al Parlamento de Cataluña el establecimiento por ley de tributos propios de Arán.