Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán
Versión vigente desde 14/02/2015
Artículo 66. Comercio y consumo
1. El Consejo General de Arán ejerce competencias de organización y ejecución en materia de comercio interior, que incluyen la formulación y aprobación de planes y programas de promoción y organización comercial y la autorización de apertura y ampliación de comercios.
2. El Consejo General de Arán ejerce competencias en materia de promoción y autorización de actividades feriales.
3. El Consejo General de Arán ejerce competencias en materia de protección y promoción de derechos e intereses de los consumidores, incluida la gestión de los servicios de mediación entre proveedores y consumidores y de información y defensa de consumidores y usuarios.
4. Corresponde al Consejo General de Arán la participación en la formación, educación e información para consumidores y usuarios.
5. El Consejo General de Arán participa en la redacción de las normas derivadas de la política de implantación de equipamientos comerciales de la Generalidad.