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Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán

Versión vigente desde 14/02/2015

Artículo 66. Comercio y consumo

1. El Consejo General de Arán ejerce competencias de organización y ejecución en materia de comercio interior, que incluyen la formulación y aprobación de planes y programas de promoción y organización comercial y la autorización de apertura y ampliación de comercios.

2. El Consejo General de Arán ejerce competencias en materia de promoción y autorización de actividades feriales.

3. El Consejo General de Arán ejerce competencias en materia de protección y promoción de derechos e intereses de los consumidores, incluida la gestión de los servicios de mediación entre proveedores y consumidores y de información y defensa de consumidores y usuarios.

4. Corresponde al Consejo General de Arán la participación en la formación, educación e información para consumidores y usuarios.

5. El Consejo General de Arán participa en la redacción de las normas derivadas de la política de implantación de equipamientos comerciales de la Generalidad.

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