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Región de Murcia

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Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia

Versión vigente desde 23/09/1988

Artículo 78

La Administración de la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales de la Región tienen el deber de facilitarse mutuamente, previa petición, la información sobre los datos de su propia gestión que consideren de importancia para el desarrollo de los fines que tienen encomendados por las leyes.

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