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Región de Murcia

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Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia

Versión vigente desde 23/09/1988

Artículo 86

Las Entidades Locales estarán legitimadas para promover la impugnación, ante el Tribunal Constitucional, de las leyes de la Comunidad Autónoma, cuando se estime que éstas lesionan la autonomía local.

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