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Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia

Versión vigente desde 23/09/1988

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Las Organizaciones asociativas de las Entidades Locales actualmente existentes adaptarán sus Estatutos a las prescripciones contenidas en la presente Ley, en el plazo de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la misma.

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