Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia
Versión vigente desde el 02/04/2015
Artículo 3. Concepto.
1. Se denomina término municipal al territorio en el que el ayuntamiento ejerce sus competencias.
2. El término municipal deberá estar formado inexcusablemente por territorios contínuos.