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Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia

Versión vigente desde el 02/04/2015

Artículo 3. Concepto.

1. Se denomina término municipal al territorio en el que el ayuntamiento ejerce sus competencias.

2. El término municipal deberá estar formado inexcusablemente por territorios contínuos.

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