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Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia

Versión vigente desde el 02/04/2015

Quinta

1. La duración máxima de los procedimientos administrativos regulados en esta Norma Foral será de 24 meses, a contar desde la fecha de recepción en la Diputación Foral de la iniciativa junto con los documentos que se acompañen.

2. Sin perjuicio de la obligación de dictar resolución expresa, el vencimiento del plazo establecido en el apartado anterior sin haberse notificado la misma, se entenderá que la iniciativa desestimada por silencio administrativo.

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