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Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia

Versión vigente desde el 02/04/2015

Artículo 4. Demarcación.

1. La demarcación de los términos municipales de Bizkaia se corresponde con su delimitación vigente a la entrada en vigor de esta Norma Foral, todo ello sin perjuicio de las variaciones futuras que resultaren procedentes con arreglo a la misma o a otras disposiciones que la desarrollen.

2. En cualquier caso, los expedientes que se instruyan en relación a la delimitación superficial de los términos municipales habrán de ser resueltos de manera que los mismos constituyan un soporte territorial adecuado para la prestación de los servicios públicos locales; para la preservación de los valores históricos y tradicionales existentes y que habrán de ser protegidos; y para el desarrollo de la colectividad humana en los mismos asentada.

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