Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia
Versión vigente desde el 02/04/2015
Artículo 4. Demarcación.
1. La demarcación de los términos municipales de Bizkaia se corresponde con su delimitación vigente a la entrada en vigor de esta Norma Foral, todo ello sin perjuicio de las variaciones futuras que resultaren procedentes con arreglo a la misma o a otras disposiciones que la desarrollen.
2. En cualquier caso, los expedientes que se instruyan en relación a la delimitación superficial de los términos municipales habrán de ser resueltos de manera que los mismos constituyan un soporte territorial adecuado para la prestación de los servicios públicos locales; para la preservación de los valores históricos y tradicionales existentes y que habrán de ser protegidos; y para el desarrollo de la colectividad humana en los mismos asentada.