Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia
Versión vigente desde 01/01/2016
Artículo 183.
Los recursos económicos precisos para cubrir el coste efectivo de la competencia delegada serán librados por la Consellería de Economía y Hacienda, mediante las correspondientes bajas presupuestarias.